COMUNIDAD EDUCATIVA.
De lo Social – comunitario (Esquema de trabajo)
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COMUNIDAD EDUCATIVA
Es la razón de ser de la institución; realizadora y beneficiaria del PEI. Está constituida por el conjunto de actores definidos en la norma. (Artículo 6 ley 115 de 1994 y artículo 18 del decreto 1860 de 1994.)
POBLACIÓN OBJETO
La Institución Educativa Departamental Aquileo Parra, orienta su oferta educativa a todos los niños, niñas y jóvenes en edad escolar de domicilio municipal, Departamental y Nacional, sin ningún distingo de raza, credo, política, condición económica ni social; buscando mejorar sus posibilidades y calidad de vida. Al igual, es población objeto de nuestra propuesta todas aquellas familias, núcleos familiares, que en primera instancia se encuentren domiciliados en el municipio de Pacho zona urbana y rural.
Esta integrada por Once sedes así:
Nombre de la sede |
Oferta |
Dirección |
Estudiantes |
Curso/grupo |
Docentes |
AQUILEO PARRA |
B. Secundaria y Media. Articulación SENA 10 y 11 |
Carrera 26 N° 6/42 |
382 |
11 Cursos |
15 |
CLEMENTINA FERNANDEZ |
Preescolar, B. Primaria |
|
197 |
6 Cursos |
7 |
KENNEDY |
Preescolar, B. Primaria |
Barrio Kennedy |
42 |
2 Grupos |
2 |
CAPITAN |
Preescolar, B. Primaria |
Vereda Capitán |
9 |
1 Grupo |
1 |
GUAPUCHAS |
Preescolar, B. Primaria |
Caquian |
11 |
1 Grupo |
1 |
NUDILLO |
Preescolar, B. Primaria |
Vereda el Nudillo |
6 |
1 Grupo |
1 |
CABRERA |
Preescolar, B. Primaria |
Vereda la Cabrera |
47 |
2 Grupo |
2 |
LAS PILAS |
Preescolar, B. Primaria |
Vereda las Pilas |
18 |
1 Grupo |
1 |
CERRO NEGRO |
Preescolar, B. Primaria |
Vereda Cerro Negro |
7 |
1 Grupo |
1 |
MORTIÑO ORIENTAL |
Preescolar, B. Primaria |
Vereda Mortiño Oriental |
18 |
1 Grupo |
1 |
CANADA |
Preescolar, B. Primaria |
Vereda Canadá. |
0 |
0 |
0 |
“AQUILEO PARRA “
Fecha Fundación:
Fundador(es):
Oferta actual: Básica Secundaria y Media Académica. Profundización, Ecoturismo y Medio Ambiente.
Corresponde a la sede Central, atiende 382 estudiantes provenientes de hogares en su mayoría sin estabilidad de conformación donde la madre es cabeza de hogar; esta situación hace que los hijos vivan con los abuelos o familiares lo que dificulta aún más orientar convivencia, afecto, normas de comportamiento, etc. Las condiciones y criterios con los que nació la Institución hace 14 años focalizando potenciales estudiantes de escasos recursos a quienes denominaban “ pobres ”, creó al interior de la misma y del municipio un criterio de estigma que abrigaba el falso concepto de ser una Institución solo para niños y niñas de difícil convivencia donde debían ir a parar los estudiantes expulsados de otras instituciones por mal comportamiento, bajo rendimiento etc. Desde su origen Aquileo Parra, viene marcando un importante camino de crecimiento y mejoramiento constante en todos los sentidos; situación que ha hecho posible su posicionamiento como un plantel en igual importancia que los otros; actualmente adelanta al margen de una cultura de calidad procesos pedagógicos ágiles de movilidad constante que apuntan a consolidarle en el futuro como una de las mejores Instituciones del Departamento.
SEDES
Sedes |
Código Dane. |
Teléfono |
AQUILEO PARRA. ( Sede Central ) |
125513001417 (01) |
091/8542916 |
125513001417 (02) |
091/8542916 |
|
125513001417 (08) |
091/8542916 |
|
125513001417 (05) |
091/8542916 |
|
125513001417 (06) |
091/8542916 |
|
125513001417 (04) |
091/8542916 |
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125513001417 (07) |
091/8542916 |
|
125513001417 (09) |
091/8542916 |
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125513001417 (10) |
091/8542916 |
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125513001417 (12) |
091/8542916 |
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125513001417 (11) |
091/8542916 |
Cuantificación
Conformación |
Cantidad |
|
actual |
proyección |
|
Docentes Directivos |
2 |
3 |
Docentes |
31 |
35 |
Orientador |
1 |
1 |
Estudiantes |
700 |
920 |
Celadores, Porteros, servicios generales |
0 |
2 |
Secretarias- Secretaria Pagadora
|
1 |
1 |
Secretaria Académica
|
1 |
1 |
Bibliotecaria |
0 |
1 |
Asesores (Revisor fiscal y o Contadora) |
0 |
0 |
Familias |
600 |
800 |
Egresados |
? |
Infinita |
Caracterización de la comunidad. Sede:____________________________________________
Conformación |
Descripción actual (2012) |
Descripción proyección (2015) |
Directivos docentes |
Licenciados en Ciencias de la Educación y/o áreas afines, con amplia experiencia y conocimiento del sistemas educativos, vinculación 100% tiempo completo. Generadores de proyectos dinámicos, seres trascendentes capaces de crear ambientes y situaciones pedagógicas agradables y convertir el conocimiento en un potencial formativo. líderes con amplio conocimiento del sector educativo, Manejo del computador (Internet, Windows, PowerPoint, Word, Excel, Internet, etc.) |
Licenciados en Administración Educativa, Ciencias de la Educación; con especialización en áreas pedagógicas afines, experiencia en el desempeño de cargos directivos; trascendentes, líderes con amplio conocimiento del sector educativo, Manejo del computador (Internet, Windows, PowerPoint, Word, Excel, Internet, etc.) Vinculación 100% tiempo completo. Elaborar propuesta en relación al PEI., PROFUNDIZACIÓN de la Institución, planes de mejoramiento y plan operativo. |
Docentes |
1._ Licenciados en su respectiva Área de desempeño, contrato de tiempo completo ajustado al perfil requerido por la Institución. Poseedores de información amplia sobre los principios institucionales. Dinámicos, respetuosos, tolerantes, de actitud positiva frente al trabajo, enamorados de su profesión, amantes de la investigación y actualización permanente. CON ACTITUD DE CAMBIO Y ACTUALIZACION |
Licenciados en su respectiva Área de desempeño, contrato de tiempo completo ajustado al perfil requerido por la Institución. Justificar 40 horas de inducción y capacitación ECOTURISMO Y MEDIO AMBIENTE como espacio de profundización de la Educación media académica. Manejo del computador (Windows, PowerPoint, Word, Excel, Internet, etc.) Elaborar propuesta en relación al PEI. y PROFUNDIZACIÓN de la Institución, planes de mejoramiento y plan operativo.. |
Estudiantes |
Personas de escasos recursos (estrato 1,2 y 3) muy pocos hogares conformados, 50 % de los estudiantes provienen del sector Rural, la gran mayoría no tienen un proyecto de vida claro, se observan pocas expectativas en el aspecto cultural y académico, deseosos de recibir orientación, de ser escuchados para ser mejores cada día. Nivel cultural medio; demandantes del servicio educativo en los diferentes grados de (Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media), seres potencialmente valiosos, orgullosos de sus ancestros, padres y forma de vida. |
Proyectamos jóvenes formados en valores, con criterios de responsabilidad, capacidad de trabajo en equipo, puntualidad, etc. Vivenciar el trabajo pedagógico como elemento de integración educativo e Institucional, para que nuestros estudiantes estén en capacidad de abordar diferentes modalidades de educación universitaria e igualmente puedan integrarse productivamente al medio laboral, impactando a sus comunidades como agentes de cambio y de progreso; SERES CAPACES DE RESPONDER POR EL FUTURO. |
Administrativos Y servicios |
Persona con conciencia Social y trayectoria, conocedora de su labor; Honesta, responsable, con dominio cultural amplio y de preparación académica acorde al cargo a desempeñar. |
Personas con conciencia Social y trayectoria, conocedores de su labor, con experiencia en el desempeño de cargo; vinculación 100% tiempo completo. Elaborar propuesta en relación al cargo a desempeñar. |
Familias |
En su mayoría Trabajadores del campo, católicos, económica y laboralmente, pocos con casa propia; ingresos por núcleo familiar promedio 1 salario mínimo, generalmente trabajan ambos padres. Nivel cultual bajo y preparación académica básica primaria, algunos básica secundaria. Enamorados del campo y de sus actividades, importantes saberes empíricos. Existe un amplio margen de población flotante y de desplazados. |
Mejoramiento de la calidad de vida, metas alcanzadas a través de los objetivos logrados por sus hijos. Enriquecimiento cultural, educativo y social, productivo, mercadeo, salud y educación a través de cursos, talleres y jornadas pedagógicas. |
Ex-alumnos Básica y Media |
Con preparación en educación básica TELESECUNDARIA, solo un 40% ingresan a la educación Media, un 20% logran emplearse , Un 10% se emplean temporalmente en trabajos inestables, un 5% se organizan independientemente, el 25% restante tienen dificultades para estudiar o vincularse al mercado laboral por falta de recursos y de ofertas de trabajo. |
Con preparación en BASICA TELESECUNDARIA Y educación Media ACADEMICA, Profundización agropecuaria, agricultura de trabajo orgánico; personas con capacidad para ingresar a la universidad, con conocimientos en proyectos del sector agropecuario PPPP, que les permita organizar en sus comunidades pre-cooperativas o cooperativas, trabajo asociado preferiblemente en relación con el diseño, elaboración y mercadeo del sector agrícola, pecuario, construcciones escolares y el campo de las tecnologías bioindustriales. Mejoramiento de proyectos y formas de vida. LIDERES TRASCENDENTES DEL FUTURO. |
Descripción: Características de orden social, cultural y académico.
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ATENCIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO ACTUAL |
GENERO DEL ESTUDIANTE |
Mixto |
CUBRIMIENTO |
Preescolar |
Básica |
Media |
Total |
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PK |
K |
T |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
10 |
11 |
||
Oferta Año 2011 |
|
|
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
X |
|
Usuarios / 2011 |
|
|
40 |
53 |
47 |
50 |
47 |
44 |
41 |
29 |
28 |
28 |
21 |
14 |
444 |
Carácter de la Educación media, ACADEMICA |
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Titulo |
Académico |
Profundización |
Bachiller Básico |
x |
Agropecuaria |
Bachiller académico |
x |
|
Docentes directivos Actuales
(Anexo Resolución Asignaciones y Planta)
SERVICIO EDUCATIVO Y RECURSOS HUMANOS PROYECTADOS (Talento Humano)
ORGANIZACIÓN. Gobierno Escolar . Ley 115. Artículo 142. Conformación del gobierno escolar. Cada establecimiento educativo del Estado tendrá un Gobierno Escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico. Las instituciones educativas privadas establecerán en su reglamento, un gobierno escolar para la participación de la comunidad educativa a que hace referencia el artículo 68 de la Constitución Política. En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar. Los voceros de los estamentos constitutivos de la comunidad educativa, podrán presentar sugerencias para la toma de decisiones de carácter financiero, administrativo y técnico-pedagógico. Tanto en las instituciones educativas públicas como privadas, la comunidad educativa debe ser informada para permitir una participación seria y responsable en la dirección de las mismas.
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Artículo 20. Órganos del Gobierno Escolar. |
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El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos estatales estará constituido por los siguientes órganos: 1. El Consejo Directivo, instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. 3. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período. Parágrafo. En los establecimientos educativos no estatales, quien ejerza su representación legal será considerado como el Director Administrativo de la institución y tendrá autonomía respecto al Consejo Directivo, en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. En estos casos el Director Administrativo podrá ser una persona natural distinta del Rector.
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Consejo directivo
Ley 115. Artículo 143. Consejo directivo de los establecimientos educativos estatales. |
En cada establecimiento educativo del Estado existirá un Consejo Directivo integrado por: a. El Rector del establecimiento educativo, quien lo convocará y presidirá; b. Dos representantes de los docentes de la institución; c. Dos representantes de los padres de familia; d. Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución; e. Un representante de los ex-alumnos de la institución, y f. Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo. Para la elección de los representantes a que se refiere este artículo, el Gobierno Nacional establecerá la reglamentación correspondiente que asegure la participación de cada uno de los estamentos que lo integran y fije el período para el cual se elegirán. PARAGRAFO: Los establecimientos educativos con escaso número de docentes o de alumnos y que se hayan acogido al régimen de asociación previsto en los artículos 138 y 140 de esta ley, contarán con un consejo directivo común elegido de manera democrática. |
N° |
NOMBRES APELLIDOS |
Documento |
Dirección |
Teléfono |
Sector representado |
1 |
HARRISON POLANIA CORREA |
|
|
|
Docentes |
2 |
GERARDO ALDANA RINCON |
|
|
|
Docentes |
3 |
BLANCA BUSTOS CASTAÑEDA |
|
|
|
Padres de familia |
4 |
|
|
|
|
Padres de familia |
5 |
|
|
|
|
Estudiantes |
6 |
HEIDY MARIANA CIFUENTES GOMEZ |
|
|
|
Exalumnos |
7 |
VICENTE ROMERO |
|
|
|
Sector productivo |
8 |
MARTIN MORENO SANCHEZ |
|
Carrera 26 N° 6/42 |
3123771006 |
Rector |
FUNCIONES
Decreto 1860. Artículo 23. Funciones del Consejo Directivo. |
Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán las siguientes: a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados; b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia; c) Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución; d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos; e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado; f) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector; g) Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos; h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa; i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante; j) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución; k) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas ) Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa; m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles; n) Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes; ñ) Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto; o) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y p) Darse su propio reglamento. Parágrafo. En los establecimientos educativos no estatales el Consejo Directivo podrá ejercer las mismas funciones y las demás que le sean asignadas, teniendo en cuenta lo prescrito en el inciso tercero del artículo 142 de la Ley 115 de 1994. En relación con las identificadas con los literales d), f), l) y o), podrán ser ejercidas por el director Administrativo o a otra instancia. |
CONSEJO ACADÉMICO
( Artículo 145 de la Ley 1115 de 1994 y al artículo 24 del decreto 1860 de 1994.)
INTEGRACIÓN
N° |
NOMBRES APELLIDOS |
Documento |
Teléfono |
Sede |
Área Representada |
1 |
Lic. MARTIN MORENO SANCHEZ |
|
|
Todas |
Rector |
2 |
Lic. MIGUEL NELSON ROMERO SALGAR |
11519763 |
|
Todas |
Coordinador Académico |
3 |
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
|
8 |
|
|
|
|
|
9 |
|
|
|
|
|
10 |
|
|
|
|
|
11 |
|
|
|
|
|
12 |
|
|
|
|
|
13 |
|
|
|
|
|
14 |
|
|
|
|
|
15 |
|
|
|
|
|
16 |
|
|
|
|
|
17 |
|
|
|
|
|
18 |
|
|
|
|
|
19 |
|
|
|
|
|
20 |
|
|
|
|
|
21 |
|
|
|
|
|
22 |
|
|
|
|
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|
|
FUNCIONES
Decreto 1860. Artículo 24. Consejo Académico. |
El Consejo Académico está integrado por el Rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios. Cumplirá las siguientes funciones a) Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional; b) Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto; c) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución; d) Participar en la evaluación institucional anual; e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación; f) Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y g) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional. |
Rector
Licenciado. MARTIN MORENO SANCHEZ
FUNCIONES
EL RECTOR
Representante de la Institución ante las autoridades del gobierno escolar:
Le corresponde al rector (a) del establecimiento, entre otras las siguientes funciones:
- Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones
del gobierno escolar.
- Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovechamiento de los recursos necesarios para tal efecto.
- Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
- Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
- Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
- Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo académico.
- Ejercer las funciones disciplinarias, que le atribuyan la Ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
- Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
- Promover actividades de beneficio social que vinculen el establecimiento con la comunidad local.
- Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo.
Las demás funciones afines o complementarias que le atribuya la Ley en especial Articulo 131 Ley 115 de 1994, artículo 25 decreto 1860 de 1994 y artículo 3 de a resolución 13342 de 1982., y el PEI.
CONSEJO DE PADRES
Integración
Artículo 31 del decreto 1860 de 1994.
SEDE |
REPRESENTANTE |
CAPITAN |
|
GUAPUCHAS |
|
NUDILLO |
|
CABRERA |
|
LAS PILAS |
|
CERRO NEGRO |
|
MORTIÑO ORIENTAL |
|
CANADA |
|
KENNEDY |
|
CLEMENTINA FERNANDEZ
T |
|
1° |
|
2° |
|
3° |
|
4° A |
|
4° B |
|
5° |
|
AQUILEO PARRA
601 |
|
602 |
|
701 |
|
702 |
|
703 |
|
801 |
|
802 |
|
901 |
|
902 |
|
1001 |
|
1101 |
|
CONSEJO DE ESTUDIANTES
Decreto 1860. Artículo 29. Consejo de estudiantes. |
En todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo. El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.
|
INTEGRACIÓN
|
|
|
Grado |
NOMBRES Y APELLIDOS |
CARGO |
3° |
|
|
4° |
|
|
5° |
|
|
601 |
NATALIA FELIX |
|
602 |
LUIS ALEJANDRO ALONSO –YEIMY SANCHEZ |
|
701 |
DEIBY BUITRON – BRANDON ORTIZ |
|
702 |
JAIRO BENITEZ – HAWI GIRALDO |
|
801 |
BRAYAN MARTINEZ – NATALIA ORJUELA |
|
802 |
NO SE PRESENTÓ NINGÚN ESTUDIANTE |
|
901 |
SONIA CASTAÑEDA –SEBASTIAN RINCON |
|
902 |
ADDRIANA BUSTOS – LUISA GIRALDO |
|
1001 |
|
|
1101 |
|
|
FUNCIONES
Corresponde al Consejo de Estudiantes:
a) Darse su propia organización interna;
b) Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación;
c) Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y
d) Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.
PERSONERO ESTUDIANTIL
NOMBRES Y APELLIDOS |
DOCUMENTO |
TELEFONO |
DIRECCION |
KAREN ELIANA DIAZ VELAZQUEZ |
|
|
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Decreto 1860. Artículo 28. Personero de los estudiantes. |
En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes los reglamentos y el manual de convivencia. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. |
FUNCIONES
El personero tendrá las siguientes funciones:
a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos;
c) Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
d) Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“Es un acuerdo social centrado en el estudiante y sus relaciones con los demás
Integrantes de la comunidad educativa y con el ambiente institucional.”
Decreto 1860. Artículo 17. Reglamento o manual de convivencia. |
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia. El reglamento o manual de convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. En particular debe contemplar los siguientes aspectos: 1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. 2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos. 3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. 4. Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben incluir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto. 5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación. 6. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia. 7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa. 8. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos en el presente decreto. Debe incluir el proceso de elección del personero de los estudiantes. 9. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación que ofrezca la institución a los alumnos. 10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión. 11. En cargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los alumnos de material didáctico de uso general, libros, uniformes, seguros de vida y de salud.12. Reglas para uso del bibliobanco y la biblioteca escolar. |
“.”
(El manual de convivencia hace por separado parte integral del PEI)
Formas de participación
Participación |
|
|||||||
Directivos docentes |
Docentes |
Estudiantes |
Padres de familia |
Exalumnos |
Administrativos |
Servicios generales |
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Momentos |
|
Planeación |
x |
x |
X |
x |
x |
x |
|
Organización |
x |
x |
X |
x |
x |
x |
|
|
Evaluación |
x |
|
X |
|
x |
|
|
Formas |
|
Iniciativa |
x |
|
|
|
x |
|
|
Consulta |
x |
x |
X |
x |
x |
x |
|
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Voto |
|
|
|
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|
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Cabildo abierto |
|
|
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|
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Plebiscito |
|
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Referéndum |
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Revocatoria del mandato |
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Medios |
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Asamblea General |
x |
x |
X |
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x |
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Reunión delegados |
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Talleres de producción |
x |
x |
X |
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x |
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Momentos: Etapas del proceso de diseño y desarrollo del PEI en las cuales participan los actores de la comunidad educativa.
Formas: Las definidas por la Constitución Política de Colombia para ejercer la participación ciudadana.
Medios: Recursos metodológicos empleados para la participación.
Marcar con X las casillas correspondientes de acuerdo con los tipos de participación (filas) que han tenido cada uno de los actores institucionales (columnas), en el proceso de elaboración del horizonte institucional.
PARTICIPACIÓN EFECTIVA
Aspectos Comunidad Educativa |
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|||||
Consejo directivo |
Consejo académico |
Consejo padres |
Consejo estudiantes |
TOTAL |
||
Cuantificación |
8 |
4 |
2 |
3 |
17 |
|
Caracterización |
8 |
6 |
1 |
1 |
16 |
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Organización |
8 |
5 |
2 |
2 |
17 |
|
Elaboración manual de convivencia |
3 |
19 |
2 |
6 |
31 |
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Diseño y desarrollo de proyectos |
3 |
4 |
|
2 |
9 |
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Escribir en cada casilla el número de participantes que han intervenido en la definición de cada uno de los aspectos del horizonte institucional.
Caracterización de la comunidad. Sede:____________________________________________
Conformación |
Descripción actual (2012) |
Descripción proyección (2015) |
Directivos docentes |
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Docentes |
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Estudiantes |
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Administrativos Y servicios |
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Familias |
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Ex-alumnos Básica y Media |
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Descripción: Características de orden social, cultural y académico.
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